Esta palabra está cargada de connotaciones muy negativas pues supone que todos los vecinos –aunque no estén de acuerdo– deberán hacerse cargo de su parte y muchas veces de manera inesperada. Aunque todos los vecinos de un edificio pagan una cuota a la comunidad para costear los gastos comunes de mantenimiento, como el ascensor o la limpieza, en ocasiones surgen imprevistos que requieren que desembolsemos una cantidad extra. Así, podemos citar los siguientes supuestos:
Derramas para hacer frente a los gastos de rehabilitación del edificio y mantenimiento.
Posibles gastos judiciales en el caso de que la comunidad haya tenido, por ejemplo, que entablar un juicio para defender sus intereses frente a un vecino moroso.
Importante reparación del ascensor.
Eliminación de barreras arquitectónicas para mejorar la accesibilidad.
No obstante, es posible que nos encontremos con comunidades que tienen reservada una importante cantidad de dinero para hacer frente a este tipo de contingencias. Esto sucede, por ejemplo, en el caso de comunidades de vecinos en las que todos ellos pagan puntualmente sus cuotas y, en definitiva, no hay morosidad.
Toda derrama requiere su aprobación por parte de una junta extraordinaria de vecinos. Ten presente que no todos los vecinos deberán desembolsar la misma cantidad en concepto de derrama. En concreto, deberemos atenernos a los coeficientes de propiedad que suelen figurar en las escritura de nuestro piso o local.
Así, por ejemplo, si se trata de la colocación de un ascensor, los vecinos de las plantas superiores pagarán más que los que se sitúan en las inferiores.
Según podemos leer en la web especializada Mis vecinos, en el caso de que estemos ante obras destinadas a introducir ‘innovaciones, nuevas instalaciones, mejoras o servicios que no sean necesarios para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble cuyo coste supere el importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes’, el propietario podrá votar en contra sin que nadie posteriormente le pueda obligar a abonar el coste de la derrama.
Eso sí, en el supuesto de tratarse de reformas para el adecuado mantenimiento del edificio o mejorar su accesibilidad no podemos negarnos a pagar la derrama.
No obstante, es posible que algún vecino se niegue a pagar lo que le corresponde. En este caso, se le considerará moroso y se podrá iniciar contra él un un procedimiento judicial. En cualquier caso, siempre es recomendable que el presidente tenga la facultad de solicitar previamente a este vecino el pago de la derrama. En caso de que vuelva a negarse, lo adecuado es que se vote formalmente en la junta de vecinos el acuerdo para reclamar judicialmente este importe que se adeuda.
Si tras realizar la obra sobra dinero de la derrama, esta cantidad se puede destinar al fondo de reserva. Pero si finalmente no se lleva a cabo, se deberá devolver la totalidad del dinero a los vecinos.
Es cierto que la derrama suele pillarnos a casi todos por sorpresa. No obstante, ten presente que estos gastos imprevistos se destinan a sufragar gastos necesarios de la comunidad y que, en definitiva, no se trata de un capricho.
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