Una derrama es una cuota extraordinaria que los propietarios de una comunidad deben abonar para hacer frente a gastos imprevistos o no incluidos en el presupuesto ordinario de la comunidad. A diferencia de la cuota mensual ordinaria, que cubre costes regulares como limpieza, mantenimiento o suministros, la derrama comunidad se activa únicamente cuando surgen necesidades puntuales que requieren financiación adicional.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula este tipo de situaciones en España, contempla las derramas como un instrumento legal para garantizar el buen estado del edificio y el cumplimiento de las obligaciones comunitarias.
Mientras que la cuota ordinaria es un pago mensual o trimestral que cubre los gastos habituales (ascensor, limpieza, luz, seguros, etc.), la derrama tiene carácter extraordinario y suele ir asociada a gastos puntuales, como:
Es común que se aplique una derrama comunidad cuando es necesario realizar trabajos de rehabilitación, conservación o mejora en el inmueble, como:
Algunas de estas intervenciones pueden ser voluntarias, pero otras, como las exigidas por la Inspección Técnica de Edificios (ITE), son obligatorias por ley.
También se pueden aprobar derramas para cubrir gastos no presupuestados, como:
Cuando el fondo de reserva de la comunidad no es suficiente para hacer frente a estos gastos, se recurre a la derrama como medida extraordinaria.
Para aprobar una derrama comunidad, es necesario convocar una junta de propietarios con el orden del día que incluya dicha propuesta. El quórum necesario varía según la naturaleza de las obras:
El acuerdo debe constar en acta y se notificará a todos los propietarios. Desde ese momento, el pago es exigible.
La forma más habitual de repartir el importe de la derrama es según el coeficiente de participación de cada propiedad, indicado en el título constitutivo o en los estatutos de la comunidad. Este criterio tiene en cuenta:
Este sistema garantiza una distribución proporcional del gasto, lo que responde a la pregunta habitual: ¿cómo se calcula una derrama en una comunidad?
En cuanto al límite derrama comunidad, la LPH no establece un importe máximo, pero sí existen restricciones en casos de mejoras no necesarias:
Según el artículo 17.4 de la LPH, si la derrama para mejoras voluntarias supera tres mensualidades ordinarias, los propietarios que hayan votado en contra pueden negarse a pagarla, siempre que no quieran beneficiarse de la mejora.
En determinados casos, las derramas pueden ser consideradas como gasto deducible en el IRPF, en especial si están destinadas a:
Para poder aplicar la deducción, se recomienda conservar:
El concepto “derrama comunidad gasto deducible IRPF” es aplicable solo si se cumplen los requisitos establecidos por Hacienda.
Si un propietario no paga una derrama debidamente aprobada, la comunidad puede reclamar judicialmente el importe, según el procedimiento monitorio recogido en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Las consecuencias pueden incluir:
Este escenario responde a una pregunta frecuente: ¿qué pasa si no pago una derrama de la comunidad? La respuesta es clara: no pagar tiene consecuencias legales y económicas importantes.
Existen excepciones donde me puedo negar a pagar una derrama de la comunidad, tales como:
En caso de duda, es recomendable impugnar el acuerdo en el plazo legal establecido y no dejar de pagar sin base legal, para evitar ser considerado moroso.
¿Qué derramas de comunidad son obligatorias?
Son obligatorias todas aquellas que estén legalmente aprobadas en junta de propietarios y destinadas a:
Las derramas para mejoras no necesarias son obligatorias solo si el gasto no supera las tres mensualidades ordinarias y se ha votado a favor.
¿Las derramas tienen un límite máximo?
No hay un límite económico general establecido en la ley. Sin embargo, las derramas para mejoras voluntarias no pueden obligar a pagar a los disidentes si superan el equivalente a tres cuotas ordinarias, salvo que estos deseen beneficiarse de la mejora.
¿Cómo se reparte el pago de la derrama entre los vecinos?
Por norma general, la derrama se reparte según el coeficiente de participación de cada vivienda o local. Este método se conoce como “derrama comunidad de propietarios coeficiente”. No obstante, en algunos casos, los estatutos pueden establecer un reparto distinto (por ejemplo, a partes iguales).
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