Este procedimiento es especialmente útil para propietarios que necesitan inmatricular una finca (registrar por primera vez) o para reanudar el tracto sucesivo, es decir, cuando el historial registral de un inmueble ha sido interrumpido.
En este artículo te explicamos en qué consiste este trámite, los tipos que existen, su coste y los pasos a seguir para llevarlo a cabo.
El expediente de dominio es un mecanismo legal que permite acreditar la propiedad de un inmueble cuando no se dispone de los documentos tradicionales para inscribirlo en el Registro de la Propiedad. Es utilizado principalmente en tres situaciones:
Por ejemplo, si una finca heredada no ha sido inscrita por los herederos, o si un terreno ha sido comprado sin que se haya formalizado en el Registro, el expediente de dominio sería el procedimiento adecuado para regularizar la situación.
Existen varios tipos de expedientes de dominio, dependiendo de la causa que lo motive. Los principales son:
Algunas de las características clave del expediente de dominio son:
El expediente de dominio se tramita ante un notario competente del distrito donde se encuentra ubicado el inmueble. Desde la reforma de la Ley Hipotecaria de 2015, este proceso ya no requiere un procedimiento judicial, lo que simplifica y acelera los trámites.
Para realizar un expediente de dominio, es necesario seguir estos pasos:
El precio del expediente de dominio puede variar dependiendo de varios factores, como los aranceles notariales y registrales, así como el coste de las publicaciones en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En términos generales, el coste puede oscilar entre los 600 y 1.500 euros, dependiendo de la complejidad del caso y los honorarios del notario.
La usucapión y el expediente de dominio son dos formas diferentes de adquirir la propiedad de un inmueble:
El expediente de dominio es clave para regularizar inmuebles no inscritos o con datos incorrectos en el Registro de la Propiedad.
Simplificado desde 2015, se tramita ante notario y permite inmatricular fincas, reanudar el tracto sucesivo o corregir errores registrales, garantizando así la seguridad jurídica sobre la propiedad.
En general, no se pagan impuestos específicos por tramitar un expediente de dominio. Sin embargo, en algunos casos, como la inmatriculación de una finca, puede ser necesario abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Se debe hacer un expediente de dominio cuando un inmueble no está inscrito en el Registro de la Propiedad, o cuando hay errores en los datos registrales que necesitan ser corregidos.
El documento que acredita la propiedad de un inmueble es la inscripción en el Registro de la Propiedad, junto con el título de propiedad o el documento público que justifique la adquisición del inmueble.
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