¿Qué es el impuesto de patrimonio?


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Dicho tributo no es excesivamente popular, ni muy querido. Lo cierto es que no todos los países europeos cuentan con una tasa de esta naturaleza. En España es relativamente reciente, ya que se instauró en plena transición con carácter extraordinario. En suma, ¿quieres saber qué es el impuesto de patrimonio?
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En concreto, surgió con carácter excepcional y transitorio con la aprobación de la Ley 50/1977, de 14 de noviembre, sobre Medidas Urgentes de Reforma Fiscal. Pero, finalmente, parece que ha venido para quedarse, aunque durante unos años se eliminó.

 

De este modo, durante la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero se decidió su supresión, ya que era una promesa electoral del PSOE, pero en 2011 se optó por recuperarlo. Lo cierto es que en esas fechas se desató una gran crisis económica en el país –como todos recordamos– y acuciaba la necesidad de recaudar fondos para sobrellevar el gasto público. 

 

En principio estaba previsto un uso temporal para los ejercicios 2011/2012, pero ha ido prorrogándose en sucesivos años e incluso ha existido la firme intención de eliminarlo de nuevo en 2016. No obstante, no ha sucedido así y continúa vigente. De hecho, cada Ley de Presupuestos Generales del Estado suele prorrogar la existencia del tributo durante un año más.  

 

Estamos hablando de una gravamen, que complementa al IRPF, y que se centra en la propiedad y en las riquezas que pueda concentrar una persona. En concreto, la base imponible la conforman el conjunto de los bienes y los derechos económicos de los que seamos titulares, una vez que se les haya restado las cargas, así como las deudas personales. 

 

Actualmente se encuentra regulado por la Ley 19/1991 y reglamentos posteriores. Además, ha sido transferido a las comunidades autónomas. Dicho impuesto se abona con carácter anual, y se aplica en todo el territorio nacional, aunque no todo el mundo está obligado a presentarlo. Abordamos los detalles en el siguiente apartado.

¿Quién debe pagar impuesto de patrimonio?

Debe quedar claro que este gravamen únicamente afecta a un determinado perfil de contribuyentes y, por lo tanto, una gran parte de la población suele estar exenta de su pago. Así, la ley dispone que están obligado a abonarlo quienes reúnan las condiciones que explicamos a continuación:

  • Cuando la vivienda habitual tenga un valor superior a los 300.000 euros.

  • El patrimonio neto supere los 700.000 euros, excluyendo la vivienda.

En cualquier caso, estamos ante un impuesto transferido y cada región puede disponer lo que considere. En este sentido, nos podemos encontrar el caso de comunidades que discrepan en cuanto al tope exigido. Sin ir más lejos, en Aragón el máximo se sitúa en los 400.000 €, mientras que en Cataluña hablan de 500.000 €. Por su parte, la Comunidad Valenciana lo cifra en 600.000 €.

 

Por lo tanto, aquellos contribuyentes que superen esos márgenes, aunque siempre habrá que consultar lo que haya estipulado la comunidad en la que residan, estarán obligados al citado pago del impuesto de patrimonio todos los años.

Además, la cantidad exacta a pagar en concepto de impuesto de patrimonio depende de cada comunidad autónoma. Así, este porcentaje puede oscilar entre el 0,2 % y el 2,5 %, de forma general, aunque también cabría tener presente ciertas bonificaciones que afectarían al importe.

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Debemos recordar que, en el caso de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, las competencias normativas y de aplicación de los tributos no están cedidos y corresponde su gestión al Estado.

 

Podemos traer a colación los siguientes ejemplos de porcentajes:

 

  • Andalucía, Cantabria y Galicia, del 0,24 % al 3,03 %.

  • Asturias del 0,22 % al 3 %.

  • Baleares del 0,28 % al 3,45 %.

  • Cataluña del 0,21 % al 2,75 %.

  • Extremadura del 0,3 % al 3,75 %.

  • Murcia del 0,24 % al 3 %.

  • Comunidad Valenciana del 0,25 % al 3,12 %.
     

Pero no podemos pasar por alto que ciertas comunidades, como la madrileña, han decidido bonificar este importe al 100 %. Por lo tanto, ni un residente de esta región está obligado a pagar tal impuesto.

En definitiva, estamos ante un escenario muy diverso que suele desatar múltiples quejas y reivindicaciones por parte de los ciudadanos de ciertas regiones donde se paga más con respecto a las que no se paga nada. No en vano, consideran que son víctimas de un agravio comparativo.

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¿Qué son los impuestos sobre el patrimonio?

Este impuesto grava todos los bienes, derechos y obligaciones que tiene una persona. De este modo, en él se incluyen los depósitos en cuenta corriente o de ahorro, las acciones o participaciones en fondos, seguros de vida, vehículos de más de 125.000 €, joyas, objetos de arte y distintos derechos como son los derivados de la propiedad intelectual o los derechos reales y administrativos.

¿Cuándo hay que declarar en el impuesto sobre patrimonio?

Dicho tributo se abona al mismo tiempo que el IRPF. Es decir, el periodo de pago coincide con el de la campaña de la Renta que suele extenderse desde principios de abril hasta los primeros días de julio. Para su presentación se ha de rellenar el modelo 714 de forma online. Dicho documento se compone de diez páginas, además del documento de ingreso.

 

En suma, estamos ante una tasa que se renueva año tras año y que cuenta con muchos detractores, aunque también es muy bien vista por aquellos que consideran que es una manera de obligar a las rentas más altas a realizar un mayor esfuerzo tributario y contribuir a mantener a la denominada sociedad del bienestar.

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