Como apuntábamos al comienzo, no siempre resulta fácil determinar este dato. De hecho, cuando compramos un inmueble no se suele indicar este aspecto y casi siempre se recurre a lo que establece el Catastro. De este modo, dicho valor servirá para concretar la cuantía del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que con carácter anual debemos abonar en nuestro ayuntamiento pues son las entidades locales las encargadas de su recaudación.
Así, en el recibo de este impuesto se suele detallar cuál es el valor de la finca. También podemos hacer la consulta en la Dirección General del Catastro de manera telemática sin necesidad de desplazarnos a oficina alguna.
Para el cálculo de este valor se tienen en cuenta una serie de criterios entre los que podemos citar los siguientes:
La localización del inmueble
Este valor catastral no guarda relación alguna con el de mercado y, por lo tanto, no coinciden. De hecho, este último se estima que suele ser el doble que el catastral.
Además, el valor que proporcionan desde el Catastro suele revisarse cada diez años por parte de la administración. Así, suele comportar una valoración al alza y, en definitiva, un incremento del importe a pagar en concepto de IBI.
En este apartado de la web oficial del Catastro podremos encontrar más información al respecto.
Ya habrás intuido que un valor catastral excesivamente alto puede ir en nuestro perjuicio pues esto entrañará que paguemos más en el IBI. Por lo tanto, es muy posible que no estés muy de acuerdo con esta tasación catastral. Ten presente que este valor nunca debería superar el 50 % de su precio de mercado. Si crees que algo así te ha sucedido, no lo dudes y reclama ante el Catastro para que realice una revisión catastral que determine el valor real de la finca.
En definitiva, el Catastro es el organismo al que hemos de consultar para averiguar el valor de un inmueble. Recuerda que podrás consultar este dato de manera telemática, telefónica y, por supuesto, presencialmente en cualquiera de sus oficinas. En esta web podrás localizar los números telefónicos, así como la delegación física que te interese.
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