Lo cierto es que la guerra de Rusia y Ucrania, además de los elevados precios de la energía, ha conllevado no solo un escenario de importante inflación, sino también un problema a la hora de mantener los precios de los alquileres de una manera estable y evitar importantes subidas que en muchos casos se vuelven inasumibles para las economías domésticas.
Para impedir que esto sucediera, el consejo de ministros aprobó el 27 de diciembre de 2022 la prórroga del límite del 2% a la subida de los alquileres, que ya fue previamente acordada el 29 de marzo de ese año dentro del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales que se estaban derivando del conflicto bélico. Por lo tanto, a raíz de esta norma, los alquileres no pueden subir más de un 2% del precio que haya sido fijado en el contrato previo.
De esta manera, en la práctica nos podemos encontrar que un alquiler de 800 euros podrá subir un máximo de 16 euros mensuales; es decir, 192 euros anuales.
Por lo tanto, aunque antes era legal hacerlo, ahora ya no es posible. Pero recuerda que antes de esta decisión del consejo de ministros únicamente se podía si se cumplían unos requisitos:
La nueva ley de vivienda que acaba de aprobarse en el congreso, aunque todavía debe recibir el visto bueno del senado, y ser aprobada en el boe para su entrada en vigor, ha desvinculado el precio de la vivienda del ipc y ya no se tiene en cuenta a la hora de calcularlo.
La ley de vivienda ha establecido límites claros. En el año 2023, el límite máximo será del 2%, mientras que en el 2024 será del 3%. A partir del año 2025, se aplicará un nuevo índice, todavía por determinar, basado en el ipc para establecer estos límites.
La nueva normativa dispone que los honorarios inmobiliarios correrán a cargo del propietario: "los gastos y honorarios inmobiliarios producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario”. por otro lado, tampoco se podrán cargar al inquilino los gastos de comunidad, tasas de basura o cualquier otro importe que no haya sido acordado previamente.
En el caso de que el propietario realice alguna reforma importante en la vivienda, la ley establece que sólo podrá aumentar el precio del alquiler si el coste supera el 10% del valor de compraventa del inmueble, y aún así, el aumento estará limitado a un máximo del 10%.
La subida del alquiler se debe comunicar con un mes de antelación. Mientras el contrato de arrendamiento se encuentre vigente, el propietario no está legitimado para subir la renta, aunque sí lo podrá hacer si el contrato ha concluido, algo que suele suceder una vez transcurridos los cinco años desde su firma.
El inquilino, por su parte, también debe comunicar con antelación que no desea renovar el contrato, una información que deberá aportar al menos dos meses antes de su renovación.
No obstante, debemos estar atentos a lo que disponga la nueva ley de vivienda que previsiblemente entrará en vigor a finales de mayo.
¿A qué contratos de alquiler afectan las nuevas medidas?
Los contratos afectados son los de arrendamientos urbanos.
¿Quién tiene que pagar los honorarios de la inmobiliaria al alquilar un piso?
Los gastos inmobiliarios siempre serán responsabilidad del propietario.
¿Cuánto es lo máximo que se puede aumentar un alquiler?
Se podrá aumentar un máximo de un 2% durante 2023, en 2024 se permitirá que sea del 3%.
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